Tras casi tres décadas, el Consejo Directivo de la CAR Cundinamarca aprobó un acuerdo histórico que impone condiciones estrictas al desarrollo urbanístico en zonas rurales y suburbanas. Esta medida busca mitigar la presión sobre el agua, los ecosistemas y las áreas agrícolas frente al crecimiento descontrolado del territorio.
Puntos clave de la regulación:
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Integración obligatoria: Los municipios y el Distrito Capital deberán incorporar estas variables en la actualización de sus planes de ordenamiento (POT, PBOT y EOT).
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Criterios técnicos: Con el apoyo de la Universidad Nacional, se diseñó una metodología que evalúa la vulnerabilidad hídrica, el riesgo climático y la fragmentación ecológica.
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Restricciones de densidad: En suelos campestres, el tope de viviendas se reduce drásticamente de 8 a solo 2 unidades, priorizando la capacidad de carga del ecosistema.
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Conservación obligatoria: Al menos el 70% del área de los proyectos suburbanos debe destinarse exclusivamente a la conservación y restauración de vegetación nativa.
«El propósito no es frenar el desarrollo, sino garantizar que ocurra de manera ordenada y compatible con la sostenibilidad de largo plazo», afirmó Alfred Ignacio Ballesteros, director de la CAR.
Diagnóstico regional:
Los estudios técnicos revelaron un panorama crítico que justifica la urgencia de la norma:
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25,5% del territorio tiene vulnerabilidad hídrica alta o muy alta.
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15 municipios enfrentan riesgo alto por cambio climático.
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28 municipios ya superaron su capacidad de carga ambiental por ocupación rural excesiva.
Aunque se respeta la autonomía municipal para definir usos del suelo, estas nuevas determinantes ambientales funcionan como un marco técnico infranqueable para asegurar la seguridad alimentaria y la protección del recurso hídrico en Bogotá y Cundinamarca.
















